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Adoptar un perro o un gato en Chile: dónde buscar, qué pueden pedirte y qué preguntar

Antes de adoptar en Chile: dónde buscar, qué exige la ley a quien adopta, qué pueden pedirte las organizaciones según el contrato modelo de SUBDERE y nueve preguntas para…

Un perro y un gato ante una casa, acompañados por manos abiertas y un corazón que representan una bienvenida.
Ilustración creada con asistencia de inteligencia artificial para Huella Clara.

Quieres adoptar y no sabes por dónde empezar: dónde buscar, qué te van a pedir, si hay que firmar algo. Esta guía cubre lo que pasa antes de llevarte a tu nuevo perro o gato: dónde buscar, qué exige la ley a quien adopta, qué puede pedirte una organización aunque la ley no lo exija y qué conviene preguntar. Para lo que viene después, tenemos una guía sobre el primer mes con un perro o gato adoptado.

Lo esencial

  • Dónde: en organizaciones que promueven la tenencia responsable y en tu municipalidad.
  • La ley te pide ser mayor de edad, adoptar de forma libre y voluntaria, informarte antes sobre tus deberes y costos y no estar inhabilitado para tener animales.
  • Lo demás varía: contrato, visitas o compromisos dependen de quien entrega.
  • Pregunta antes de firmar: abajo tienes nueve preguntas.

Dónde buscar

El Programa Mascota Protegida de la SUBDERE recordaba en 2021 que «existen muchas organizaciones promotoras de la tenencia responsable que pueden ofrecerte la posibilidad de adoptar», y que también puedes acercarte a tu municipalidad para preguntar por animales que buscan hogar en tu barrio.

No publicamos una lista de organizaciones ni de comunas: cambian, y no encontramos un directorio oficial actualizado que pudiéramos consultar. Lo práctico es preguntar directamente en tu municipalidad si tiene animales para adopción.

Sobre el registro de organizaciones. La Ley 21.020 crea un Registro Nacional de Personas Jurídicas sin Fines de Lucro Promotoras de la Tenencia Responsable. La inscripción es obligatoria para las que postulen a ciertos fondos, así que estar o no inscrita no dice, por sí solo, si una organización es seria. Tampoco pudimos comprobar si ese registro se puede consultar en línea.

Lo que exige la ley y lo que puede pedirte una organización

Aquí conviene separar dos cosas: lo que dice la norma (la Ley 21.020 y su reglamento, el DS 1.007) y lo que cada organización decide pedir.

Lo que exige la norma

A quien adopta, el artículo 26 del DS 1.007 le pide:

  • ser mayor de edad;
  • adquirir (recibir) al animal de manera libre y voluntaria;
  • informarse antes sobre sus derechos, deberes, costos de mantención y normativa vigente;
  • no estar inhabilitado absoluta y perpetuamente para tener animales.

El mismo artículo permite a quien entrega elegir entre los interesados que cumplan esos requisitos. Por eso pueden hacerte preguntas o pedirte llenar una ficha.

A quien entrega, la norma le pide, entre otras cosas:

Obligación Artículo del DS 1.007
Que el animal esté inscrito en el Registro Nacional antes de la entrega art. 25
Que el animal tenga su identificación correspondiente art. 27
Darte un documento que acredite la entrega art. 25
Informarte antes su estado sanitario y reproductivo art. 27
Si recibe fondos del Estado para estos fines: entregarlo desparasitado, vacunado y esterilizado; según el art. 27 b), las gestiones de inscripción del art. 48 inc. 2 te corresponden a ti art. 27
Si tiene una patología o discapacidad: tu consentimiento informado art. 27
Si es la municipalidad: entregarlo sanitizado y esterilizado, con identificación indeleble y registro, copia de la ficha clínica y un contrato de adopción con protocolo de seguimiento art. 28

Los perros y gatos en período de lactancia solo pueden entregarse después de los dos meses de edad, con una excepción para los rescatados muy pequeños sin cuidado materno; en ese caso, quien entrega debe informártelo antes (art. 27).

Fíjate en el alcance: la esterilización obligatoria (y la vacunación, en el caso de quienes reciben fondos del Estado) se aplica a esas entidades y a las municipalidades, no a toda organización ni a un particular. La norma exige identificación a quien entrega, pero no exige que sea un microchip: la Ley 21.020 admite también dispositivos externos.

Lo que propone el contrato modelo de SUBDERE

La SUBDERE publica un contrato de adopción tipo. Es un modelo, no una obligación legal, y no sabemos cuántas organizaciones lo usan, pero da una buena idea de lo que te pueden pedir:

Lo que se compromete a hacer quien entrega, según el modelo:

  • darte un carné de salud veterinario con los procedimientos realizados;
  • entregarlo desde los dos meses de vida, con microchip «si su condición de salud lo permite»;
  • entregarlo esterilizado o con compromiso de esterilización en un plazo de hasta seis meses;
  • hacer seguimiento durante los primeros tres meses y acordar una visita a tu casa en el primer mes.

Lo que te comprometes a hacer tú:

  • inscribirlo a tu nombre en el Registro Nacional de Mascotas;
  • no mantenerlo nunca amarrado ni encadenado;
  • no hacerlo reproducirse;
  • avisar si cambias de domicilio, teléfono o correo.

Antes de firmar, lee el contrato que te pasen: puede ser distinto de este modelo.

¿Cuánto cuesta adoptar?

No encontramos en fuentes oficiales una regla ni una cifra sobre si adoptar tiene un costo; depende de quién entrega. Pregúntalo. Lo que sí sabemos, según ChileAtiende, es que inscribir al animal en el Registro Nacional no tiene costo. Para los gastos de mantener un perro o un gato, revisa cuánto cuesta tener un perro o gato en Chile.

Nueve preguntas antes de adoptar

Esta lista es redacción nuestra, armada a partir de la norma y del contrato tipo, que es solo un modelo.

  1. ¿Está inscrito en el Registro Nacional? ¿Me darán un documento de entrega?
  2. ¿Qué edad tiene?
  3. ¿Cuál es su estado de salud y reproductivo? ¿Tiene carné veterinario?
  4. ¿Tiene microchip u otra identificación?
  5. ¿Está esterilizado? Si no, ¿hay un compromiso y en qué plazo?
  6. ¿La organización recibe fondos del Estado o es la municipalidad? Cambia lo que debe entregarte.
  7. ¿Tiene alguna enfermedad o discapacidad que deba conocer?
  8. ¿Qué contrato voy a firmar y qué seguimiento habrá?
  9. Y para ti: ¿tienes espacio, tiempo y sabes qué tamaño tendrá de adulto? Mascota Protegida recomienda considerar «su tamaño y el peso que pueden alcanzar en su etapa adulta».

Después de decir que sí

Cuando lo tengas en casa, tienes que inscribirlo (o cambiar el tenedor) en el Registro Nacional dentro de los plazos de la ley; los explicamos en el primer mes con un perro o gato adoptado y en la Ley Cholito. Según ChileAtiende, la inscripción no tiene costo y el certificado de adopción sirve para acreditar que el animal es tuyo. Algunas municipalidades pueden pedir documentos adicionales.

Sobre el microchip: la ficha de ChileAtiende lo pide para inscribir en línea, pero también permite registrar con un dispositivo externo, solo de forma presencial en la municipalidad.

Límites de esta guía

  • No revisamos organizaciones ni programas municipales concretos.
  • La nota de Mascota Protegida es de 2021 y la ficha de ChileAtiende no muestra fecha de actualización.
  • El contrato tipo de la SUBDERE es un modelo; cada organización puede usar el suyo.

Cómo elaboramos esta página

  • Método: partimos de un expediente con la Ley 21.020, su reglamento (DS 1.007), la ficha de ChileAtiende, una nota del Programa Mascota Protegida y el contrato tipo de la SUBDERE, que es un modelo y no una obligación. Separamos lo que la norma exige de lo que propone el contrato modelo de SUBDERE, y marcamos lo que es criterio nuestro.

  • Fuentes: ChileAtiende (consultada el 29 de octubre de 2026; sin fecha de actualización visible), Mascota Protegida, 2021, contrato tipo SUBDERE, Ley 21.020 (29 de octubre de 2026) y DS 1.007 (consultado el 29 de octubre de 2026).

  • Lo que no hace esta guía: no recomienda organizaciones ni reemplaza la asesoría legal.

  • Firma: Equipo editorial de Huella Clara.

  • Revisión de esta versión: Aprobado editorialmente por el propietario el 29-10-2026. Recomendación pendiente: revisión legal ligera profesional antes del lanzamiento.

Fuentes y referencias del artículo (5)

Referencias incluidas por el equipo editorial. Las fechas corresponden a sus consultas; esta integración técnica no constituye una nueva verificación.

  1. Inscripción en el Registro Nacional de Mascotas o Animales de Compañía (ficha 53562; sin fecha de actualización visible) · ChileAtiendeConsulta registrada: 29 de octubre de 2026
  2. En el Día Internacional del Perro, Mascota Protegida entrega recomendaciones (21-07-2021) · SUBDERE, Programa Mascota ProtegidaConsulta registrada: 29 de octubre de 2026
  3. Contrato de adopción para animales de compañía (tipo; PDF creado el 09-09-2022 según sus metadatos) · SUBDEREConsulta registrada: 29 de octubre de 2026
  4. Ley 21.020, sobre tenencia responsable de mascotas y animales de compañía · Biblioteca del Congreso Nacional (LeyChile)Consulta registrada: 29 de octubre de 2026
  5. Decreto Supremo 1.007 de 2018, reglamento de la Ley 21.020 (arts. 25 a 28) · Biblioteca del Congreso Nacional (LeyChile)Consulta registrada: 29 de octubre de 2026

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